Religión, pregunta formulada por borrayvalentina06, hace 3 meses

artículo 19 de la Constitución Política colombiana y explicarlo con sus propias palabras ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por alixandrea
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ARTICULO 19.

Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.


alixandrea: Espero te ayude :)
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