Artículo 19 de la Constitución mexicana explicado y sencillo de entender, gracias.
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Artículo 19 : ninguna detención ante autoridad judicial podrá acceder del plazo de setenta y dos horas ,a partir de que el indicado sea puesto a su disposición , sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará:el delito que se impute al acusado:el lugar,tiempo y circunstancias.
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