Derecho , pregunta formulada por vivisblu2385, hace 1 año

articulo 18 dela constitucion del ecuador , ayuda por favor

Respuestas a la pregunta

Contestado por KarolSt
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Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
 1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.
2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información. 
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