artículo 14 de Argentina es para el lunes porfis
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Artículo 14 Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar ...
umaardissone11:
gracias gracias gracias de verdad mil gracias
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