Derecho , pregunta formulada por carlamamani6307, hace 16 horas

artículo 132 de la ley general de educación

Respuestas a la pregunta

Contestado por juanmanuelgomezmarti
0

Respuesta:

El rector o director del establecimiento educativo podrá otorgar distinciones o imponer sanciones a los estudiantes según el reglamento o manual de convivencia de éste, en concordancia con lo que al respecto disponga el Ministerio de Educación Nacional.

Otras preguntas