Articulo
123
me ayudas
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noiutvnnyhyuigjhhhhuk
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Respuesta:
Artículo 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. una manera general, todo contrato de trabajo
Explicación:
espero y te sirva
ximenacristel:
gracias
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