Derecho , pregunta formulada por tintinvale66841, hace 16 horas

Artículo 117 de la constitución política del perú.

Respuestas a la pregunta

Contestado por nadyaanaizperezsanta
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Respuesta:

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Contestado por ZBMPmarquez
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Artículo Nro 117

El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.

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