articulo 10 de la constitución política resúmen
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Explicación:
Artículo 10.- Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva.
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Respuesta:
los habitantes habitantes de los Estados Unidos mexicanos tiene el derecho de portar armas en su domicilio para seguridad legitima y defensa
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