articulo 10 de la constitución colombiana de 1991
Individuales
Colectivas
Institucionales
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1
ARTICULO 10.
El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.
brendamartinez17:
Cual Seria Una Propuesta Individual para hacerla cumplir
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