Artículo 1 Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad. Tomado de: Unicef, Convención sobre los derechos del niño, Comité Español, 2006. En el momento de acercarse a un documento político es necesario comprender lo que dice cada artículo para entender el objetivo que se propone cada uno de los apartados del texto, ¿cuál es el propósito de este artículo? A. Afirmar que niño es todo aquel que se sienta niño, sin importar la edad. B. Definir lo que se entenderá por niño. C. Destacar que no se discriminará a ningún niño. D. Establecer una definición única de niño, todo aquel menor de 18 años.
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es la opción D
Establecer una definición única de niño todo aquel menor de 18 años
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