Derecho , pregunta formulada por jeanca225, hace 5 meses

Art 71 del código administrativo

Respuestas a la pregunta

Contestado por silvestrejesus68
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Respuesta:

Artículo 71. Autorización para recibir la notificación. Cualquier persona que deba notificarse de un acto administrativo podrá autorizar a otra para que se notifique en su nombre, mediante escrito que requerirá presentación personal.

Explicación:

Espero que te ayude :) si puedes pasa tu wsp para hablar


jeanca225: Claro bro es +593 986201991
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