Argumentar con claridad la idoneidad de la norma jurídica a diferencia de las normas morales religiosas y de trato social.
Tambien exhibir una postura personal que muestre la defensa de una idea.
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La diferencia radica en el carácter de obligatoriedad de las normas; las normas religiosas son heterónomas, la fuerza de su obligatoriedad es la expresión de la voluntad divina, como el caso de Los Diez Mandamientos, lo que no ocurre con las normas morales que se caracterizan por ser autónomas y su práctica es libre
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