Ante la falta definitiva del Presidente y Vicepresidente de la
República quién debe convocar a elecciones para dichos
cargos…?
a) La Asamblea Nacional
b) La Corte Constitucional
c) El Consejo Nacional Electoral
d) El Consejo de Participación Ciudadana
Respuestas a la pregunta
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1
Ante la falta definitiva del Presidente y del Vicepresidente, quien debe convocar a elecciones para dichos cargos es el Consejo Nacional Electoral, opción C.
El Presidente de la Asamblea Nacional es quien toma las riendas del Poder Ejecutivo de forma temporal en caso de la falta del Presidente y del Vicepresidente al mismo tiempo. Luego de esto, el Consejo Nacional Electoral debe convocar nuevas elecciones para elegir a los nuevos representantes que pasarán a ocupar los cargos del Poder Ejecutivo.
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