Anoto y explico los recursos que se pueden interponer ante la Sala Constitucional.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Ante la Sala Constitucional se pueden interponer: recursos de amparo, recursos de habeas corpus, acciones de inconstitucionalidad, consultas legislativas y consultas judiciales.
Recurso de Amparo: recurso mediante el cual se garantizan los derechos y libertades fundamentales, consagrados en la Constitución Política y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. Se utiliza, por ejemplo, para reclamar que se cumpla el derecho a la educación, a la salud, a la libertad de expresión.
Recurso de Habeas Corpus: este recurso garantiza la libertad e integridad de la persona, la protege de ser perturbada o de sufrir restricciones por actos y omisiones que cometa la autoridad, detenciones e incomunicaciones ilegítimas. Además, resguarda la libertad de tránsito. Puede ser presentado por cualquier persona gratuitamente y, mediante cualquier medio, sin mayores exigencias de forma y sin necesidad de ser autenticado por un abogado.
Acción de Inconstitucionalidad: procede contra las leyes y disposiciones generales que lesionen el Derecho de la Constitución, o cuando en la formación de las leyes o acuerdos legislativos se viole algún requisito o trámite esencial indicado en la Constitución o establecido en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. Es formal y se requiere de abogado o abogada.
Jurisprudencia de la Sala: La Sala Constitucional pone a disposición de las personas usuarias herramientas útiles y fáciles para buscar jurisprudencia del tribunal. Las sentencias están disponibles en la plataforma Nexus.