analizar los articulos del codigo de comercio del 368 al 384 doy corona
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Cuál es el artículo 368 del Código de Comercio?
Continuación de la sociedad con los herederos. La sociedad continuará con uno o más de los herederos del socio difunto, salvo estipulación en contrario. Si fueren varios los socios que quisieren adquirir las cuotas, se distribuirán entre ellos a prorrata de las que posean en la sociedad. ...7 feb 2022
Detalle: Modifica DCX 2-70 Código de Comercio: art. 368 Referente a la contabilidad y registros indispensables, que los comerciantes están obligados a llevar contabilidad en forma organzada, de acuerdo con el sistema de partida doble y usando principios de contabilidad generalmente aceptados.
evelindhernandezsant:
coronita porfa
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