análisis del artículo 75 al 97 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Respuestas a la pregunta
Contestado por
9
Respuesta:
Artículo 75 El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.
Otras preguntas
Ciencias Sociales,
hace 2 meses
Ciencias Sociales,
hace 2 meses
Ciencias Sociales,
hace 2 meses
Salud,
hace 3 meses
Geografía,
hace 10 meses
Matemáticas,
hace 10 meses
Matemáticas,
hace 10 meses