Ciencias Sociales, pregunta formulada por maritzadelcarmenduar, hace 21 días

análisis del artículo 26 de la Constitución de venezuela​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jvargasn
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Respuesta:

Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

Explicación:

espero que te ayude me regalas Corona y corazón

Contestado por ipatitas123
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Respuesta:

Artículo 26.

"Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente."

Explicación:

Análisis: Es de gran importancia la difusión de esta Información pues muchas personas no conocen los derechos humanos y la importancia de la participación de la ciudadana en los asuntos públicos del país con la difusión de este artículo se puede incentivar a las personas a hacer uso de su derecho y velar porque no exista corrupción.

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