Derecho , pregunta formulada por c602mr17, hace 6 meses

Análisis del articulo 23 de la constitución política de Colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por belenuraga27hchu
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Respuesta:

ARTICULO 23.

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.


c602mr17: pero por favor el análisis
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