Ciencias Sociales, pregunta formulada por sarai5782, hace 1 mes

análisis del artículo 19 de los derechos humanos,de la constitución de Venezuela ( algo extenso,por favor) ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por ramosisisfabiola12
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Respuesta:

Artículo 19 El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.

Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Explicación:

Espero te sirva ^^

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