análisis del artículo 179 de la CRBV
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Los procedentes de su patrimonio, incluso el producto de sus ejidos y bienes.
Las tasas por el uso de sus bienes o servicios; las tasas administrativas por licencias o autorizaciones; los impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar, con las limitaciones establecidas en esta Constitución; los impuestos sobre inmuebles urbanos, vehículos, espectáculos públicos, juegos y apuestas lícitas, propaganda y publicidad comercial; y la contribución especial sobre plusvalías de las propiedades generadas por cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística.
El impuesto territorial rural o sobre predios rurales, la participación en la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme a las leyes de creación de dichos tributos.
Los derivados del situado constitucional y otras transferencias o subvenciones nacionales o estadales;
El producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus competencias y las demás que les sean atribuidas;
Los demás que determine la ley
Explicación:
creó que así es sino me equivoco