análisis del art 145 de la constitución
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Artículo 145: Los funcionarios publicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento y remoción no podrán estar determinados por la afiliación li orientación política. ... En tal senticio, el funcionario público es, ante todo, un servidor público.
Explicación:
christianjesus0305:
eso sale en google
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