Derecho , pregunta formulada por mjessenia100, hace 1 mes

análisis de los artículos de la constitución del ecuador​

Respuestas a la pregunta

Contestado por 23234dfggg
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Respuesta:

Política del Estado –CPE– enriquecidos con lo previsto, sobre cada asunto,

en las Constituciones de Bolivia, Chile, Colombia, Perú y Venezuela.

Merece igual aplauso el que, cuando de dogmática jurídica se trata,

todos recurren a la comparación, de la nueva Constitución ecuatoriana con

las constituciones de los otros países con los que se inició la malograda

Comunidad Andina, porque con esto reverdece la esperanza de que el ideal

de la integración que sembrara en nuestros pueblos el genio, sin par en

Latinoamérica, de Simón Bolívar sigue presente en las nuevas generaciones

y que, si nosotros no pudimos hacerlo realidad, los que nos siguen comparten nuestro sueño y nos garantizan que, en el futuro, será realidad.

Al comparar lo que hacemos nosotros con lo que hacen nuestros vecinos en orden a organizar el Estado y el poder se nos presenta una nueva

dimensión del estudio del Derecho, la del Derecho constitucional comparado, aunque para hacerlo más fructífero y aprovechar los recientes avances

al respecto, habrá que depurar todavía más el método.

Estado constitucional de derechos y justicia

En suma tenemos ante nosotros trabajos de calidad y de mérito que

comienzan con los dos ensayos de Ramiro Ávila que, con la vehemencia de

quien está inconforme con la rutina que nos retiene en el pasado, a unos y

a otros, nos inicia en el análisis y la comprensión de lo que hemos de entender por Estado constitucional de derechos y justicia, no precisamente como

realidades existentes ahora, en el hoy del Ecuador, sino como proyecto que

debemos construir con nuestro esfuerzo cotidiano.

Quién no va a coincidir con él, en que la nueva Constitución no es tan

nueva por las normas que enuncian la tabla de derechos que salvaguardan la

dignidad de la mujer y del hombre en las diversas circunstancias en las que se

desenvuelve la vida, ya que por no constar esta tabla en la Constitución de los

Estados Unidos de América de 1787, algunos Estados de la Unión se negaban a aprobarla y lo hicieron una vez que se les prometió que esa tabla sería

incorporada en las primeras enmiendas, como efectivamente constan en las

diez primeras enmiendas, y ya la Declaración de los Derechos del Hombre y

del Ciudadano de la Revolución de 1789, enseñó al mundo, hasta ahora, que

una sociedad que no garantiza esos derechos no tiene constitución.

Explicación:

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