analisis de los articulos 231 y 335 de la constitucion bolivariana de venezuela
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Respuesta:
Artículo 231. El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional
Artículo 335. El Tribunal Supremo de Justicia garantizará la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales; será el máximo y último intérprete de esta Constitución y velará por su uniforme interpretación y aplicación.
Explicación:
- Artículo 231: El candidato elegido por el país tomará su cargo el 10 de Enero del primer año de su periodo constitucional.
- Artículo 335: El Tribunal Supremo de Justicia velará por la interpretación y aplicación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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