Geografía, pregunta formulada por felixoviedo23, hace 23 horas

análisis de los artículos 15 y 16 CRBV
doy coronita​

Respuestas a la pregunta

Contestado por potaxzia
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Respuesta:

Artículo 16 Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se divide en el de los Estados, el del Distrito Capital, el de las dependencias federales y el de los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios. La división político territorial será regulada por ley orgánica que garantice la autonomía municipal y la descentralización político administrativa. Dicha ley podrá disponer la creación de territorios federales en determinadas áreas de los Estados, cuya vigencia queda supeditada a la realización de un referendo aprobatorio en la entidad respectiva. Por ley especial podrá darse a un territorio federal la categoría de Estado, asignándosele la totalidad o una parte de la superficie del territorio respectivo.

Explicación:

Artículo 15 El Estado tiene la obligación de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo a la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales, una ley orgánica de fronteras determinará las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.

espero que te sirva bendiciones potacia


felixoviedo23: esta bien pero es lo mismo que sale en la constitución no esta analizado
corolis17: se necesita un análisis del artículo 15 y 16 de la CRBV
corolis17: tienes que ser un análisis verdadero
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