analisis de la ley organica de los derechos de la mujer en venezuela quien me ayuda
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
(2007), plantea como objetivo, garantizar y promover el derecho de las mujeres a una
vida libre de violencia creando condiciones para prevenir, atender y sancionar cualquier
conducta que esté dirigida a menoscabar sus derechos, a la vez que plantea impulsar
cambios socioculturales que eliminen la desigualdad de género, consagrando igualmente
el procedimiento especial que se ha de llevar a cabo en los casos de verificación de los
actos o hechos previstos en ella, teniendo el procedimiento establecido en el Código
Orgánico Procesal Penal (2012) carácter supletorio respecto de ésta.
Resulta evidente que, dicha Ley surge como respuesta no sólo al problema de la
violencia generada en razón del sexo, la cual tiene repercusiones graves en la armonía
de la sociedad por sus múltiples consecuencias nocivas que coadyuvan en la
descomposición social; sino también para adecuar el ordenamiento jurídico a las
exigencias internacionales, y saldar una deuda para con la mujer. Motivo por el cual el
Estado Venezolano, como garante del goce y ejercicio de los derechos y garantías de los
ciudadanos, sancionó dicha Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia, constituyendo así, un avance importantísimo al darle carácter
especial a la protección de la mujer como miembro integrante de la sociedad.
La presente investigación emerge en el marco de la experiencia de la autora, como
Fiscal Auxiliar en Materia de Violencia de Género de la Circunscripción Judicial Penal
del Estado Falcón Extensión Tucacas; en donde nace la inquietud investigativa al
observar la disparidad numérica en delitos ingresados como causa, en los respectivos
tribunales, en su mayoría delitos de violencia física, psicológica, acoso sexual y
amenaza u hostigamiento; siendo los hechos punibles o delitos contra las mujeres los
que rebasan las estadísticas y, no así los delitos comunes ni el resto de los delitos
tipificados en leyes penales especiales.