AMIGOS AYUDENME CON ESTE ENSAYO EL ENSAYO DEBE TENER INTRODUCCIÓN DESARROLLO Y CONCLUSIONES ESTARE ENVIANDO EL ENSAYO POR PARTES.
Primera parte:
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1599 de 2005, por medio del cual se adoptó el
Modelo Estándar de Control Interno -MECI- para el Estado Colombiano, el cual se elaboró
teniendo como referente tendencias internacionales existentes sobre la materia entre las que
se puede destacar el COSO (Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway
Commission).
Que desde la expedición del MECI, han transcurrido 9 años >,en los que las entidades han
realizado acciones para su implementación y evidenciado acciones de mejora de
fortalecimiento del Sistema de Control Interno en el País
Que los referentes internacionales, en especial el COSO, han sido actualizados en los últimos
años lo que evidencia la necesidad de revisar y actualizar el MECI con el fin de permitir su
mayor entendimiento y facilitar su implementación y fortalecimiento continúo en las entidades
públicas, el cual se basa, entre otros aspectos, en el fortalecimiento de herramientas que
faciliten el control de la implementación y evaluación de las políticas públicas.
Que el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno analizó el
documento propuesto por el Gobierno y recomienda formalizar su actualización.
Que de conformidad con lo expuesto se requiere adoptar la actualización del Modelo Estándar
de Control Interno MECI1000:2005.
DECRETA
Artículo 1.0. Adóptase la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado
Colombiano MECI, en el cual se determinan las generalidades y estructura necesaria para
establecer, implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades y
organismos obligados a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° de
la Ley 87 de 1993.
El Modelo se implementará a través del Manual Técnico del Modelo Estándar de Control
Interno, el cual hace parte integral del presente Decreto, y es de obligatorio cumplimiento y
aplicación para las entidades del Estado.
Parágrafo. El Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de la Función
Pública -DAFP-, podrá realizar actualizaciones y modificaciones al Manual Técnico, con el fin
de adecuarlo a las necesidades de fortalecimiento y a los cambios de los referentes
internacionales, previa aprobación del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de
Control Interno. .
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