Geografía, pregunta formulada por Dark550, hace 1 año

alguien sabe 3 artículos nacionales referidos a la organización política del territorio​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lulaagareis
2

Respuesta:

Artículo 1.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana

federal, según la establece la presente Constitución.

Artículo 2.- El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano.

Artículo 3.- Las autoridades que ejercen el Gobierno federal, residen en la ciudad que se declare

Capital de la República por una ley especial del Congreso, previa cesión hecha por una o más

legislaturas provinciales, del territorio que haya de federalizarse.

Artículo 4.- El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro

nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, del de la venta o

locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de Correos, de las demás contribuciones

que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso General, y de los

empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la

Nación, o para empresas de utilidad nacional.

Artículo 5.- Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo

republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución

Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación

primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y

ejercicio de sus instituciones.

Artículo 6.- El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma

republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades

constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por

invasión de otra provincia.

Artículo 7.- Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera fe

en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma probatoria

de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán

Espero te sirva alguno.

Otras preguntas