Derecho , pregunta formulada por zairaarias2014, hace 1 año

alguien puede decirme la explicación del artículo 82 de la Constitución nacional argentina ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por nicolbar
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Respuesta:

Artículo 82.-

La voluntad de cada Cámara debe manifestarse expresamente; se excluye, en todos los casos, la sanción tácita o ficta.

Explicación:

-Bueno en palabras ,nos da a entender que cada CÁMARA,

(bueno en este contexto nos referimos, a un cuerpo u organismo del ámbito legislativo, representativo de un estado).

"debe manifestarse expresamente; se excluye, en todos los casos, la sanción tácita o ficta."

-Puede expresarse,manifestarse ,pero que en todos los casos se excluye una sanción tacita(que puede ser supuesto sin haber sido establecido en ningún momento)o ficta(disimulación).

Espero que te ayude :)

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