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Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La Política Nacional del Ambiente se presenta a la ciudadanía en cumpli-
miento del mandato establecido en el artículo 67º de la Constitución Polí-
tica del Perú y en concordancia con la legislación que norma las políticas
públicas ambientales. Esta política es uno de los principales instrumentos
de gestión para el logro del desarrollo sostenible en el país y ha sido ela-
borada tomando en cuenta la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente
y Desarrollo, los Objetivos del Milenio formulados por la Organización de
las Naciones Unidas y los demás tratados y declaraciones internacionales
suscritos por el Estado Peruano en materia ambiental.
En tal sentido, en base al proceso de integración de los aspectos sociales,
ambientales y económicos de las políticas públicas y la satisfacción de las
necesidades de las actuales y futuras generaciones, la Política Nacional del
Ambiente es un instrumento de cumplimiento obligatorio, que orienta las
actividades públicas y privadas. Asimismo, esta política sirve de base para
la formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental, la Agenda Nacional
de Acción Ambiental y otros instrumentos de gestión pública ambiental en
el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
La Política Nacional del Ambiente considera los lineamientos de las polí-
ticas públicas establecidos por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo y las disposiciones de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente.
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estándares nacionales de obligatorio cumplimiento. Conforma la política
general de gobierno en materia ambiental, la cual enmarca las políticas
sectoriales, regionales y locales.