Alguien me puede explicar mas a detalle el Artículo 358/Capitulo 2 de la Ley Federal del trabajo?
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los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones qué es timen convenientes, así como el de
afiliarse a èstas, con la sola condición de observar los estatustos de las mismas.
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