Historia, pregunta formulada por ikergortaire, hace 1 año

alguien me podría decir el articulo 341 de la constitución del ecuador

Respuestas a la pregunta

Contestado por solVeras03
16
Art. 341.- El Estado generará las condiciones para la protección integral

de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y

principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la

diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos

grupos que requieran consideración especial por la persistencia de

desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su

condición etaria, de salud o de discapacidad.

La protección integral funcionará a través de sistemas especializados, de

acuerdo con la ley. Los sistemas especializados se guiarán por sus principios

específicos y los del sistema nacional de inclusión y equidad social.

El sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y la

adolescencia será el encargado de asegurar el ejercicio de los derechos de

niñas, niños y adolescentes. Serán parte del sistema las instituciones

públicas, privadas y comunitarias.


hchanorbe: muchas gracias lo estaba necesitando para mi hija
Otras preguntas