Historia, pregunta formulada por secundaria307, hace 1 año

-Alguien me podría decir el Articulo 115 constitucional?


danvam: de que costitucion
secundaria307: De la Constitución Mexicana
danvam: aaa ok espera
secundaria307: Muy bien!
danvam: Los Estados adoptarían para su régimen interior, la forma republicana de gobierno,
representante, democrática, laica y popular, en base a su división territorial y organización política de
y municipio administrativo, libre.
secundaria307: En cerio gracias!!!

Respuestas a la pregunta

Contestado por Alexaander
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Artículo 115 ARTICULO 115º—El Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el ministro o director de departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el gobierno. Ningún acto del Presidente, excepto el de nombramiento y remoción de ministros y directores de departamentos administrativos y aquéllos expedidos en su calidad de jefe del Estado y de suprema autoridad administrativa, tendrá valor ni fuerza alguna mientras no sea suscrito y comunicado por el ministro del ramo respectivo o por el director del departamento administrativo correspondiente, quienes, por el mismo hecho, se hacen responsables. Las gobernaciones y las alcaldías, así como las superintendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la rama ejecutiva.


Alexaander: esta es la colombiana perdon espere busco la mexicana
secundaria307: Si porfa!
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