Alguien me hace el favor de hacer una explicación sobre este artículo
Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra si mismo o contra su cónyuge,
compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad,
segundo de afinidad o primero civil.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
Explicación:
Otras preguntas
Latín / Griego,
hace 7 meses
Arte,
hace 7 meses
Informática,
hace 1 año
Química,
hace 1 año
Castellano,
hace 1 año
Ciencias Sociales,
hace 1 año