Alguien me ayuda xfa
Amadora, la abuela de Víctor, ha fallecido con 92 años. Tras su jubilación, y viendo que toda su familia estaba bien asentada, decidió formalizar con una entidad bancaria una hipoteca inversa sobre su vivienda, lo que le permitió generar liquidez y ahorrar algo de dinero. A su fallecimiento, su patrimonio está formado por la vivienda hipotecada, cuyo valor de mercado asciende a 200.000 euros, y por un depósito bancario por importe de 30.000 euros. Para cancelar la hipoteca inversa la cantidad a satisfacer al banco asciende a 150.000 euros. Llegada esta situación, Víctor, el único heredero de Amadora, debe hacerse cargo de todos los trámites de la herencia.
1.- ¿Qué trámites básicos debe llevar a cabo Víctor, como heredero, desde el punto de vista patrimonial?
2.- ¿Qué impuestos pueden entrar en juego al liquidar una herencia? ¿Cómo afectarían al caso concreto que estamos analizando?
3.- En relación con la hipoteca inversa, ¿se podrá adjudicar la propiedad de la vivienda a Víctor? ¿Cuáles serían los trámites a realizar?
Nota. A efectos de la resolución del caso práctico, considera que tanto Amadora como Víctor tienen su residencia en tu Comunidad Autónoma.
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