Alguien me ayuda pls??
c)Expliquen que importancia tiene para los pueblos indigenas que ningunas de sus tierras sea "enajenable, trasmisible, y no susceptible de gravamenes o embargos"
Respuestas a la pregunta
Artículo 1º.- Clase de Estado y Forma de Gobierno
I. Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural, constituida en República Unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos.
(*Artículo modificado por Ley Nº 1585 del 12 de agosto de 1994. Párrafo modificado por Ley Nº 2650 del 13 de abril de 2004.)
II. Es un Estado Social y Democrático de Derecho que sostiene como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la Justicia.
(*Párrafo introducido por Ley Nº 2410 del 8 de agosto, 2002.)
Artículo 171.- Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la ley, los derechos sociales, económicos y culturales de los pueblos indígenas que habitan en el territorio nacional, especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen garantizando del u so y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a su identidad, valores, lenguas y costumbres e instituciones.
El Estado reconoce la personalidad jurídica de las comunidades indígenas y campesinas y de las asociaciones y sindicatos campesinos.
Las autoridades naturales de las comunidades indígenas y campesinas podrán ejercer funciones de administración y aplicación de normas propias como solución alternativa de conflictos, en conformidad a sus costumbres y procedimientos, siempre que no sea n contrarias a esta Constitución y las leyes.
La Ley compatibilizará estas funciones con las atribuciones de los poderes del Estado.
COLOMBIA
Artículo 7.- El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Artículo 171.- El de la República estará integrado por ochenta y tres (83) senadores, elegidos siguiente manera: setenta ocho (78) elegidos, en circunscripción nacional, dos (2) nacional especial comunidades indígenas, (3) minorías políticas. Para asignación curules sólo se tendrán cuenta las listas que obtengan al menos ciento (2%) los votos emitidos válidamente. entre superen este umbral, aplicará sistema cifra repartidora, definido artículo 263 Constitución Política, tomando como base cálculo solamente total válidos obtenidos estas listas. ciudadanos colombianos encuentren o residan exterior podrán sufragar elecciones República. elección senadores determinará Política. representantes aspiren a integrar República, deben haber ejercido un cargo autoridad tradicional su respectiva comunidad, sido