- Alberto ha comenzado a trabajar en una empresa de informática como analista programador. El
primer día le han dicho que no tiene derecho a hacer una pausa para el café, porque no viene establecido
en el convenio colectivo. Su jornada laboral es de 9 de la mañana a 6 de la tarde con una hora para
comer. En anteriores trabajos y con horarios similares sí podía parar a media mañana unos 20 minutos
para un café. ¿Tiene obligación la empresa de concederle a Alberto el permiso para la pausa del café?
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tiene la obligación la empresa porque tiene que comer y luego seguir trabajando
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