¿al considerarnos sujetos con derechos...podemos hacer todo lo que queramos?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Si un sujeto S dice que él tiene un derecho D, podemos plantearnos esta pregunta: ¿por qué puede un sujeto, como S, tener un derecho? No se me ocurren más respuestas posibles.
Respuesta:
En resultado: Sí podemos hacer lo que queramos, pero con consecuencias al igual que cuando éramos pequeño y nos portábamos mal, nuestros padres nos castigaban. Acción y reacción
Explicación:
En absoluto, para todo hay unas normas cada persona elige si obedecerlas o no, ya que eso es un derecho. Pero tienes muchas posibilidades de tener consecuencias al nivel de lo que hayas hecho. Los derechos es algo relativo, y es algo que depende de la equidad e igualdad del estado o país en el que se reside.
El Derecho de las personas es una rama del Derecho civil que tiene por objeto a la persona en cuanto tal y al nacimiento, modificación y extinción de las situaciones jurídicas que le afectan por el mero hecho de serlo.
Persona natural o física
Se considera persona natural a todo individuo de la especie humana, sin importar su edad, sexo, raza o condición.
Principio de existencia de las personas
El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia jurídica y, por ende, es considerado ya sujeto de derechos y obligaciones. Si la criatura muere dentro del vientre de su madre, se reputará como no haber existido jamás, por lo que no establecerá el nacimiento de situaciones jurídicas.
El domicilio
El domicilio es un aspecto importante en cuanto a las personas, por cuanto es la residencia de un sujeto, acompañada del real o presuntivo ánimo de permanecer en ella. Con respecto al ánimo de una persona de permanecer en su residencia, esta se puede establecer de forma real o presuntiva, siendo real cuando se conoce el ánimo de la persona en forma declarada, por ejemplo cuando una persona vive largos años en su residencia conjuntamente con sus familiares; y puede ser presuntiva cuando la ley presume sobre el domicilio de una persona, por ejemplo si una persona abre un negocio o establece en alguna ciudad su lugar de trabajo, se considerara de acuerdo a la Ley a aquel lugar como si fuera su domicilio legal. La ley establece ciertos presupuestos para considerar como presuntivo al domicilio de una persona.
El domicilio de una persona también se refiere al territorio, considerándose a este domicilio como domicilio político, así una persona que tiene residencia en España tendrá residencia española, diferenciándose así del domicilio civil que se refiere a una parte determinada de un territorio, tal como la ciudad, calles y barrios en que vive una persona siempre será lo que es.
El matrimonio
El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente. Dentro del derecho civil, el matrimonio es una institución generadora de una gran cantidad de efectos jurídicos, tales como la patria potestad, el divorcio, la aceptación e impugnación de la paternidad, el nacimiento de la sociedad conyugal, las segundas y ulteriores nupcias, adopción de entre otros efectos jurídicos similares.