AIUDAAAAAAAAAAAAAAAAAAA PLS U-R-G-E-N-TE DOY CORONA PUNTOS Y CORAZON
Averigua los derechos fundamentales [un poquito largo si se puede] thx
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Los derechos fundamentales
s son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un Estado generalmente denominada Constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma) dentro del ordenamiento jurídico. Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico según el cual donde nace una necesidad surge un derecho; este planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.[
Respuesta:
Dentro de las garantías se encuentra la protección por parte del Estado de los derechos a la vida, salud, seguridad social, intimidad, nacionalidad, identidad, educación, libertad personal, libertad de expresión, petición, libertad de conciencia e integridad física, psíquica y moral.
¿Cuáles son los 5 derechos fundamentales?
Derechos Generales
Derecho a la vida y a la calidad de vida y un ambiente sano.
Derecho a la integridad personal.
Derecho a la rehabilitación y la resocialización.
Derecho a la libertad y seguridad personal.
Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella.
Custodia y cuidado personal.
Derecho a los alimentos.
El mecanismo principal es la ACCIÓN DE TUTELA, consagrada en el
artículo 86 de la Constitución Política de Colombia de 1991, la cual
garantiza la protección del derecho fundamental vulnerado
o amenazado.
Esta acción puede ser presentada por cualquier persona, sin requerir la
representación de apoderado judicial, ante un juez de la república,
quién en el término de 10 días hábiles resolverá de fondo.
En caso de grave afectación a la salud, se podrá solicitar al juez una
“medida provisional” para que, de ser el caso, el juez decida de
inmediato, ordenando el reconocimiento del derecho vulnerado a fin
de evitar un perjuicio irremediable.
En el evento que la autoridad o el particular no acaten el fallo de tutela
dentro del término fijado por el juez, se puede interponer un incidente
de desacato con el propósito de lograr el cumplimiento inmediato del
fallo de tutela, so pena que el juez interponga a la autoridad o al
particular una sanción
ESPERO AYUDAR :)