AIME suscribió por MARIA, sin poder para hacerlo, pero autorizado por ella, un pagaré a la orden de JULIO. Posteriormente, antes del vencimiento de la obligación cambiaria, MARIA le pagó a JULIO el valor de los intereses causados durante el primer mes de plazo. Siendo que JULIO es legitimo tenedor del título valor, en relación con la obligación cambiaria es cierto que:
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Respuesta:
hola
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gracias por los puntos.......
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