Adán Ragucci vendió un local para oficina a Mirta Ruiz Pazos. Ésta pagó el precio total al contado. Como Adán R. necesitaba un tiempo para retirar los muebles, papeles y demás objetos del inmueble, acordaron que la posesión sería entregada a Mirta 10 días después.
Cuando se cumplió el plazo referido la compradora reclamó la entrega. El vendedor le dijo que no le daría el local hasta que ella no le pagara una deuda contraida hace dos años por venta de mercaderías, de $ 18.000. Es verdad que Mirta R. adeudaba dicha suma y por la causa mencionada.
Responda cuál es la alternativa correcta:
a) La conducta de Adán es lícita y consiste en el legítimo ejercicio del derecho de retención.
b) La conducta del vendedor es lícita y consiste en el ejercicio de la “exceptio non adimpleti contractus”.
c) La conducta de Adán es lícita y consiste en una compensación entre obligaciones.
d) La conducta de Adán es lícita pero no se funda en ninguna de las razones mencionadas en las respuestas anteriores.
e) La conducta de Adán es ilícita.
En caso de que responda la alternativa d), indique el fundamento que estima que es correcto.
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