acciones que en los tiempos virreinales eran delito
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Durante el proceso judicial seguido por los visitadores de idolatrías podía suceder que el reo fuese declarado culpable. De ser tal el caso, se le debía aplicar una pena o castigo. La legislación canónica indiana no realizó una conceptualización ni tipificación ni graduación de la pena; menos aún, elaboró una doctrina relativa a las finalidades de la misma. Por su parte, la legislación penal del Antiguo Régimen tampoco teorizó sobre este concepto, y los pocos que lo hicieron "orientan poco acerca de cómo eran éstas en la ley y en la práctica judicial[2]", pues lo pensado por los juristas constituía una cuestión "ideal", lo que creían que debía ser el sistema penitenciario, el que no se condecía con el sistema represivo aplicado por el sistema judicial de la época.
Cabe preguntarnos ¿de qué manera era posible penalizar a una persona declarada judicialmente culpable de idólatra? En virtud del arbitrio judicial con que contaron los foros de justicia del Antiguo Régimen el castigo se determinaba para cada caso concreto, cuestión que conllevaba la indeterminación legal de la pena. Es decir, si distintos sujetos cometían un mismo delito, no había ley alguna que dispusiera cuál era el castigo por ello, y en consecuencia podían variar su proporcionalidad según el criterio del juez que conociese el proceso[3]. Ello también significó que los jueces se constituyesen en co-creadores de derecho al establecer para cada delito una pena.
Con todo, las Partidas definían el concepto de pena y establecían su finalidad, entendida como: "[...] enmienda de pecho o escarmiento que es dado según ley a algunos por los yerros que fizieron"[4]. Por su parte, Sebastián de Covarrubias señalaba que se entendía por "pena: el castigo que fe da en razon de culpa"[5]. En otras palabras, se debe entender que la pena fue conceptualizada como el castigo que se daba al delincuente por su actuar dañino.
En el caso que nos ocupa, y al igual que la Inquisición[6], las penas o castigos impuestos a los delincuentes por los visitadores de idolatrías se fundamentaron en la ofensa infligida a Dios y el gravísimo daño que podían causar tales conductas a la comunidad; por ello es que las penas eran tan severas y rigurosas. Sus principales objetivos o finalidades eran la corrección y enmienda del delincuente. Como señala Tomás y Valiente: "En general se opina que la pena tiene un fin correccional: equilibra el orden y repone la paz tanto en la sociedad como en el alma del delincuente, ya que este castigo expía su culpa"[7].
En buenas cuentas, la pena en el Antiguo Régimen tenía un fin correccional y enmendador, que equilibraba el alma del delincuente, puesto que el castigo expiaba sus culpas, en nuestro caso las del idólatra. Más aún si consideramos que el castigo, teóricamente, era una penitencia voluntariamente aceptada por el penitente para la valoración de su alma[8]. Correctivo, además, porque debía servir de escarmiento para toda la sociedad[9].
A su vez, al igual que la Inquisición, las penas impuestas por las visitas de idolatrías tuvieron una finalidad ejemplificadora para la sociedad, esto es, provocar por su aplicación al delincuente un temor en los demás miembros de la comunidad, de tal forma que se desincentivaran las acciones que comprendiesen delitos contra la Fe. Se trata, dicho de otro modo, de un castigo ejemplar, utilizando para ello el temor y el miedo, pues mediante ellos era posible lograr que las personas se apartasen del error. Esa situación se ve claramente reflejada en los autos de fe, cuya espectacularidad y publicidad de las penas impresionaban a cualquiera. Asimismo, la pena de azotes, trasquilación o cualquier otra que conllevase la vergüenza pública, impactaban a los indígenas, quienes bajo el sentimiento del miedo y humillación abandonaban, aunque fuese por un tiempo, las prácticas idolátricas.
A su vez, las penas impuestas podían compartir un rasgo utilitarista o una finalidad social, en el sentido de que el castigo inferido no sólo lograse amedrentar e intimidar a los indígenas individualmente, sino que además prestase alguna ventaja o beneficio para la comunidad. Tal es el caso de las penas de prestación de servicios en hospitales o conventos, o la tan temida de galeras impuesta en Lima durante el siglo XVII por el Santo Oficio[10] y las visitas de idolatrías.
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Explicación: da corona wey