Ciencias Sociales, pregunta formulada por naaa4a, hace 6 meses

a y u d a p o r f a v o r ;(​

Adjuntos:

JavierLopez57: Que pueblo?
naaa4a: el de los guaraníes :v
JavierLopez57: A ok

Respuestas a la pregunta

Contestado por milenafernandezsec49
2

Respuesta:

los pueblos originarios tienen derecho, entre otras cosas, a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; a tener instituciones políticas y sociales propias; a elegir sus prioridades en lo relativo a sus modos de vida y su bienestar.

Explicación: espero te ayude

Contestado por JavierLopez57
2

Respuesta:

Si

Ahora mucho texto:

a Constitución Nacional, en el inciso 17 de su artículo 75, estableció una serie de derechos para los aborígenes.  

"Capítulo Cuarto   Atribuciones del Congreso   Artículo 75- Corresponde al Congreso:  

17. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos.  

Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones."  

Ello se hizo mal y a las apuradas, fruto de las grandes presiones que se dieron en la Convención de 1994.  

Fijate que dice "pueblos indígenas argentinos" cuando la denominación 'indígenas' (expresión que alude a las indias que Colón creyó descubrir) es fervorosamente rechazada por los mismos aborígenes (expresión que significa 'desde los orígenes').  

Establece una serie de derechos de dudosa utilidad y de muy difícil puesta en práctica. Fijate por ejemplo que les otorga las tierras de modo comunitario (les obliga al socialismo de propiedad mancomunada) y prohíbe que las mismas sean gravadas (con lo cual impide cualquier acceso al crédito).  

Asimismo tanto las leyes nacionales como provinciales que regulan la materia son generalmente desoidas por los gobiernos.  

Así estamos

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