Derecho , pregunta formulada por leilamendozaruiz, hace 8 meses

a quien estara dirigido y que registro utilizaremos en nuestra cronica?

Respuestas a la pregunta

Contestado por Usuario anónimo
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Respuesta:La Crónica en nuestro país se remonta a muchos siglos atrás; la palabra proviene del latín chronica, que a su vez deriva del griego kronika biblios, (libros que siguen el orden del tiempo), y del término griego chronos que significa tiempo.

La crónica es una narrativa de hechos o acontecimientos que sigue un orden cronológico, que se va asentando de acuerdo a los acontecimientos, al orden y tiempo en que se registran por testigos, que estuvieron presentes o que se dieron a la tarea de recopilar información de terceras personas, hechos que quedan plasmados en documentos que darán fe del diario acontecer de los pueblos; a los individuos que dan a conocer estos sucesos se les denomina cronistas; ellos o ellas juegan un papel muy importante enla historia de nuestros pueblos, al dejar testimonios de lo que viven en su época para la posteridad, estas narraciones sirvieron y servirán de apoyo para reconstruir pasajes de la historia. La crónica es muy versátil, en la que se asientan los hechos cotidianos de una manera sencilla y con un lenguaje claro, tal y como en su momento se recopila de los actores que en ella intervienen.

Los cronistas en nuestro país son personajes públicos que tienen el reconocimiento de los habitantes de su comunidad, pueblo o municipio, son fedatarios de los hechos acontecidos en la población, aquellos individuos que se han dado a la tarea por voluntad propia de investigar, recuperar e indagar la memoria histórica de sus pueblos.

Asientan el diario acontecer de sucesos abarcando todos los ámbitos sociales, políticos, religiosos, costumbristas, deportivos, gastronómicos, ecológicos, también son promotores del cuidado del patrimonio tangible e intangible de su localidad, municipio y del estado, hasta actuar como asesores en los ayuntamientos y dependencias gubernamentales.

A través del tiempo, los cronistas de ser personas reconocidas por su lugar de origen, llegan a obtener el reconocimiento de sus municipios, el cargo representativo que desempeñan es honorífico y con un poco de suerte, logran obtener algún apoyo económico por parte de las autoridades para poder continuar con su labor. Anteriormente, se encontraban desprotegidos legalmente, en la actualidad han adquirido representatividad institucional con derechos y obligaciones aún siendo honoríficos.

La crónica en Puebla

El estado de Puebla cuenta con 217 municipios, dividido en regiones socioeconómicas, en cada una de ellas encontramos gran riqueza ancestral patrimonial, con sus manifestaciones culturales y una gran biodiversidad que engrandece a nuestro estado, englobando estos aspectos, el cronista juega un papel importante en el rescate y difusión de estos elementos, es por ello que se le da un incipiente reconocimiento legal a partir del día 24 de marzo de 1987, día en el que se crea el cargo de cronista y es publicado en el Periódico Oficial del Estado por Decreto, emitido por el Honorable Congreso del Estado.

Poco a poco esta actividad de la crónica va tomando fuerza, con el paso del tiempo va evolucionando a grandes pasos, es apoyada por la Subsecretaría de Cultura, posteriormente por la Secretaría de Cultura del Estado de Puebla, más adelante coordinaron las primeras reuniones con cronistas municipales de nuestro estado, integrando a ellas representantes de las bibliotecas públicas, promotores culturales de los diferentes municipios con la finalidad de apoyar y difundir la crónica y el cronismo.

A medida de que esta actividad fue tomando mayor importancia la figura del cronista es tomada en cuenta, y fue a iniciativa del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, quien presentó la iniciativa de la figura del cronista a la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en la que se dan reformas a la Ley Orgánica Municipal en el Capítulo VI Artículo 78, fracción XLIX, publicada en el Periódico Oficial del Estado, el 22 de marzo de 2001.

La evolución de los acontecimientos y diversidad de temas en los que se involucra el cronista en su respectivo municipio, deberá ser muy cuidadosa la aplicación de la Ley Orgánica Municipal a la hora de proponer a su cronista y no deberá quedar a capricho del presidente municipal, esta decisión tendrá que ser consensada y analizada por el cabildo, tomando en cuenta los aspectos antes mencionados que debe cubrir, además de ser una figura con aceptación por su comunidad, debido a la responsabilidad y veracidad que deberá ejercer en su cargo.

Para darle mayor formalidad a esta figura del cronista y para poder agruparlos se crea el CONSEJO DE LA CRÓNICA DEL ESTADO DE PUEBLA, por el titular del Ejecutivo Estatal, mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 15 de Octubre de 2001.

Explicación:


adriannysgamarpdhcu5: NO AYUDA
adriannysgamarpdhcu5: Se sale del temaAaa
Contestado por angelicam8235
4

Respuesta:

que ti jajjajajjajajajjjjajajjajaja

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