¿A que se refiere el articulo 21 del codigo civil y comrcial en Argentina?
Respuestas a la pregunta
Contestado por
1
Respuesta:
ARTICULO 21.
Explicación:
- Nacimiento con vida. Los derechos y obligaciones del concebido o implantado en la mujer quedan irrevocablemente adquiridos si nace con vida. Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió.
Otras preguntas
Ciencias Sociales,
hace 2 meses
Matemáticas,
hace 2 meses
Matemáticas,
hace 5 meses
Filosofía,
hace 10 meses