Derecho , pregunta formulada por melany364, hace 3 meses

a que denominados beneficios sociales ​

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Contestado por keirymejia03
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Respuesta:

Se denominan beneficios sociales a las prestaciones de naturaleza jurídica de seguridad social, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero, que brinda el empleador al trabajador por sí o por medio de terceros, que tiene como objeto mejorar la calidad de vida del dependiente

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