6. Escribo acerca de lo que trata el Artículo 26 y el Artículo 28 de la Constitución Nacional.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
yo también lo nese sito
El artículo 26 trata sobre toda persona es libre de escoger profesión u oficio.
Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.
El artículo 28 trata sobre que toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, para que este adopte la decisión correspondiente en el término que establezca la ley.