Contabilidad, pregunta formulada por orellanapavez1, hace 19 horas

5.- Su empresa lo despide por el art. 161 del Código del Trabajo, esto es Necesidades de la empresa, calcule: * Vacaciones Proporcionales * Indemnización por años de Servicio. * Indemnización por mes de aviso Datos: Fecha de contratación = 15/01/2019. Fecha de despido = 30/12/2021. Fecha de anuncio de despido = 15/12/2021. Nunca se tomó sus vacaciones. En Noviembre, Octubre y Septiembre de 2021, trabajó todos los días. Usted tiene una remuneración Fija Imponible de $785.000.- Mensuales​

Respuestas a la pregunta

Contestado por cayalaegoavil
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Respuesta:

ok

Explicación:

El escenario ideal es que la empresa te pague tu liquidación más tu finiquito, en el momento mismo de tu despido. En caso de no ser así, el tiempo límite que tendría la empresa para pagar tu liquidación es de 2 meses contados a partir de la fecha de tu despido.

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