Estadística y Cálculo, pregunta formulada por juanchalan12, hace 10 meses

5¿El aporte de los socios es considerado como un ingreso ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por phelexis
0

Respuesta:Es un problema habitual en las pequeñas sociedades, sobre todo limitadas, en el que el capital social mínimo es muy reducido (3.000 euros. Art. 4.1 Ley de Sociedades de capital). Esto hace que en algunas ocasiones los socios tengan que aportar financiación adicional a la empresa.

¿Qué consecuencias fiscales y contables tienen estas aportaciones de los socios?

Tenemos tres opciones para formalizar esta aportación:

1.

 

Formalizar esta operación mediante un préstamo de los socios a la sociedad con devengo de tipo de interés de mercado. Se trata de una operación vinculada y por lo tanto debe de devengar un interés igual al de mercado para la sociedad, esto es, el interés que un banco pediría a la empresa por un préstamo similar en tiempo y cantidad. Como mínimo el tipo de interés legal del dinero.

2. Hacer una ampliación de capital. Escriturando la misma con todos los gastos que correspondan: notario, registro, etc.

3. Registrar estas aportaciones en la cuenta

118. Aportaciones de socios o propietarios, previo acuerdo de la Junta General. Esta cuenta, desde el punto de vista contable

puede ser utilizada con otra finalidad que no sea la de compensar pérdidas, en concreto el PGC indica que se incluirán los elementos patrimoniales entregados por los socios o propietarios de la empresas, cuando actúen como tales, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas y que no constituyan pasivos.

Desde un punto de vista fiscal, y

hasta el porcentaje de participación que posea el socio aportarte, no se considera que tiene retribución y se considera fondos propios, la diferencia según art. 16.8 del TRLIS será ingreso del ejercicio

En definitiva, quiere decirse que si todos los socios aportan en el porcentaje que pose al sociedad, no tiene ninguna repercusión desde el punto de vista fiscal.

También hay que recordar que desde el 1 de enero de 2010 se extienden las exenciones en Operaciones Societarias (OS) a todo tipo de empresas. Se exime así de tributar al 1% a todas las compañías en las siguientes operaciones: la constitución de sociedades, el aumento de capital, las aportaciones que efectúen los socios que no supongan aumento de capital y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando ni una ni otro estuviesen situadas antes en un Estado miembro

Un saludo afectuoso a todos los amables lectores.

Explicación:

espero q te ayude

Contestado por sofia1458
0

RESPUESTA:

Elementos patrimoniales entregados por los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. En particular, incluye las cantidades entregadas por los socios o propietarios para compensación de pérdidas. ...

ESPERO TE AYUDE :D

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