5. Aquella persona que usurpa el nombre de otra persona, comete delito de
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
Artículo 157: Será reprimido con prisión de un (1) mes a dos (2) años e inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos.
Explicación:
Contestado por
0
Respuesta:
si no estoy mal creo que usurpación de estado civil
Otras preguntas
Matemáticas,
hace 14 horas
Ciencias Sociales,
hace 16 horas
Biología,
hace 7 meses
Castellano,
hace 7 meses