Filosofía, pregunta formulada por sebassdvsf, hace 4 meses

5 acciones que puedan ser juzgado​

Respuestas a la pregunta

Contestado por vanessasantizo699
0

Respuesta:

Los delitos cometidos por mexicanos o por extranjeros en alta mar, a bordo de buques nacionales;

II.- Los ejecutados a bordo de un buque de guerra nacional surto en puerto o en aguas territoriales de

otra nación. Esto se extiende al caso en que el buque sea mercante, si el delincuente no ha sido juzgado

en la nación a que pertenezca el puerto;

III.- Los cometidos a bordo de un buque extranjero surto en puerto nacional o en aguas territoriales de

la República, si se turbare la tranquilidad pública o si el delincuente o el ofendido no fueren de la

tripulación. En caso contrario, se obrará conforme al derecho de reciprocidad;

IV.- Los cometidos a bordo de aeronaves nacionales o extranjeras que se encuentren en territorio o en

atmósfera o aguas territoriales nacionales o extranjeras, en casos análogos a los que señalan para

buques las fracciones anteriores, y

V.- Los cometidos en las embajadas y legaciones mexicanas.

Artículo 6o.- Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en una ley especial o en

un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos, tomando en cuenta las

disposiciones del Libro Primero del presente Código y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo.

Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá

sobre la general.

En caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se procurará el interés

Explicación:

SI TE SIRVIO PONME CORONITA

Otras preguntas